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VeriFactu en peluquerías y centros de estética: aplazado a 2028, fechas y qué hacer

Equipo de ControlAgenda · 1 de noviembre de 2026 · 6 min de lectura

Si cobras con un programa o un TPV, VeriFactu te afecta. Te explicamos en lenguaje de salón qué es, cómo queda el calendario tras el aplazamiento a 2028 y qué tienes que comprobar en tu programa para estar tranquila.

¿Qué es VeriFactu?

VeriFactu es el nombre con el que se conoce el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), la norma que desarrolla la llamada ley antifraude. Obliga a que los programas con los que se emiten facturas y tiques no permitan borrar ni alterar ventas sin dejar rastro.

En la práctica, cada tique o factura que sale de tu caja tiene que llevar:

  • Un registro de facturación encadenado con el anterior (una “huella” digital), de forma que no se pueda borrar una venta sin que se note.
  • Un código QR impreso en el tique para que la clienta pueda comprobarlo en la web de la Agencia Tributaria.
  • Si el programa funciona en modalidad VeriFactu, el envío automático de cada registro a Hacienda.

¿Desde cuándo es obligatorio?

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que VeriFactu se aplaza a octubre de 2028 para todos (sociedades y autónomos), para que coincida con la factura electrónica obligatoria entre empresas.

QuiénNueva fecha anunciadaFecha que figura hoy en el BOE
Sociedades (pagan Impuesto sobre Sociedades)Octubre de 20281 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligadosOctubre de 20281 de julio de 2027

Situación a 1 de noviembre de 2026. Las fechas del BOE son las del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre.

El aplazamiento se hará modificando el Real Decreto 1007/2023. Hasta que esa modificación se publique en el BOE, siguen vigentes legalmente las fechas de 2027, así que conviene estar atenta a la publicación. En cualquier caso, ganas tiempo: aprovéchalo para tener tu programa preparado con calma y no a última hora.

¿Afecta a una peluquería pequeña o a una autónoma que trabaja sola?

Sí. VeriFactu no depende del tamaño, sino de cómo emites los tiques. Si cobras con un programa, una tablet o un TPV, ese sistema tiene que cumplir el reglamento. Quedan fuera, por ejemplo, quienes están en el SII (Suministro Inmediato de Información), algo poco habitual en un salón.

Ojo con las hojas de cálculo y los programas antiguos de escritorio que permiten anular o modificar ventas libremente: a partir de la fecha obligatoria no servirán para facturar.

Qué comprobar en tu programa de peluquería

  1. Que el fabricante te entregue la declaración responsable de que el programa cumple el reglamento.
  2. Que cada tique salga con el QR y la leyenda correspondiente.
  3. Que las ventas no se puedan borrar: los errores se corrigen con un tique rectificativo, no eliminando la venta.
  4. Que el cierre de caja y el libro de facturas cuadren con lo enviado.
  5. Que puedas seguir cobrando aunque falle internet y el envío se haga después.

Cómo lo resuelve ControlAgenda

En ControlAgenda el TPV genera cada tique con su registro encadenado, su huella y el código QR, y las ventas no se pueden borrar: las devoluciones se hacen con factura rectificativa y el cierre de caja se calcula solo. Además, adaptamos el programa a cada cambio de la normativa antes de que sea obligatorio. Está incluido en todos los planes, sin módulos aparte.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?

Hacienda anunció en octubre de 2026 su aplazamiento a octubre de 2028 para sociedades y autónomos. Hasta que se publique en el BOE, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (autónomos).

¿Tengo que cambiar de programa por VeriFactu?

Solo si tu programa actual no cumple el reglamento o su fabricante no lo va a adaptar. Pide la declaración responsable a tu proveedor; si no te la da, conviene cambiar con tiempo.

¿Qué pasa si sigo usando un programa que no cumple?

La ley antifraude prevé sanciones para quien use sistemas que no cumplan una vez sea obligatorio. Consulta a tu gestoría las cuantías aplicables a tu caso.

¿El QR del tique lo puede comprobar la clienta?

Sí. Al escanearlo se abre la web de la Agencia Tributaria, donde puede comprobar que el tique está registrado.

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